Glaciología

Glaciares de Chile

Antártica

Ley de glaciares

En Chile se han propuesto varias leyes sobre glaciares en los últimos 15 años, todas las cuales han contenido definiciones y regulaciones que no han generado el consenso suficiente para que hayan sido promulgadas (Herr, 2013). Ni siquiera ha habido consenso en que una ley de glaciares sea necesaria, debido a que estos cuerpos de hielo ya están siendo regulados y protegidos en algunas normativas existentes, como por  ejemplo en el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

El argumento principal a favor de una ley de glaciares, en particular de la última propuesta legislativa que se discute en el Senado de la República  (junio 2022) es la necesidad de protegerlos, preservarlos y conservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos. No hay duda de que este objetivo es apoyado por todos los legisladores, organismos del Estado, especialistas en la materia y ciudadanos del país, pero surgen varias interrogantes a ser discutidas.

No obstante lo anterior, y después de haber sido retirada la propuesta sustitutiva del ejecutivo, con la aprobación en la comisión de Medio Ambiente del Senado de una nueva propuesta de ley (Boletines 11.876-12 y 4.205-12, refundidos), estimamos que el camino para su promulgación está cerca de su fin. En junio del 2022, esta propuesta está en la comisión de Hacienda del Senado.

La actual propuesta de ley (junio 2022) contiene 10 artículos (2 provisionales)

1.- Objetivos (proteger los glaciares, sus alrededores y el permafrost, sus funciones y servicios ecosistémicos)

2.- Definiciones de glaciares, entorno glaciar, cuenca glaciar, permafrost

3.- Régimen jurídico del glaciar. Bienes nacionales de uso público que no pueden ser objeto de propiedad privada o contrato de concesión.

4.- Inventario público glaciológico. Nuevo inventario con métodos y detalles a ser aprobados por el Ministerio de Obras Públicas

5.- Actividades prohibidas en los glaciares. Todo menos ciencia, turismo, deporte sostenible y prevención de riesgos.

6.- Sistema de protección de los alrededores del glaciar. EIAs, monitoreo de glaciares, participación ciudadana en EIAs

7.- Sistema de protección para permafrost. Cualquier actividad en áreas de permafrost continuo o discontinuo debe presentar EIA

8.- Sanciones

-Provisional 1: Proyectos con permisos deben adecuarse a la nueva ley presentando nuevo programa en 6 meses

-Provisional 2: Proyectos en ambientes periglaciares sin EIA deberán presentar uno en 18 meses

En paralelo a la discusión de esta ley que se tramita en el Senado, en la comisión de Medio Ambiente de la cámara de Diputados, se están discutiendo varias modificaciones al Código de Aguas. Una de estas modificaciones tiene como objetivo impedir la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas sobre glaciares (Boletín 11.597-12). En la sesión del 15 de junio del 2022 se aprobaron en dicha comisión varios artículos de esta propuesta, entre los que se incluyen una nueva definición de glaciares.

El 21 de agosto del 2023 la DGA publicó una Minuta Explicativa respecto del proyecto de ley sobre protección de glaciares (Nº11.876-12, refundido con Nº4.205-12). ver minuta

El 11 de enero del 2024 se publicó en el Diario Oficial Núm. 43.747 el reglamento que regula la información que la DGA debe proporcionar y publicar sobre la red de monitoreo e inventario de glaciares y nieves. ver documento.

A fines de mayo del 2022 nos entrevistó el medio digital Ladera Sur. Aquí algunas de nuestras respuestas.